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Ser original es la clave para ser protegido por derechos de autor

Abogada especialista en Propiedad Intelectual explicó la importancia de la propiedad intelectual y los derechos de autor dentro del universo cinematográfico en una charla organizada por el Centro de Emprendimiento e Información del INTEC

SANTO DOMINGO. – La originalidad es uno de los puntos clave para ser protegidos por derechos de autor, pero también es necesario conocer las normativas establecidas en la Ley 65-00 sobre Derechos de Autor para evitar demandas millonarias a la hora de crear proyectos audiovisuales.

Así lo explicó Angeanette Tejeda, abogada especialista en Propiedad Intelectual durante la conferencia Derecho de Autor aplicado a publicación, Divulgación y Transferencias: Perspectivas Globales, realizada a través del Centro de Emprendimiento e Información del INTEC (CEI-INTEC), en colaboración con la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA).

El evento se llevó a cabo con el objetivo de concientizar sobre Propiedad Intelectual y el derecho de autor en el marco del cine, incluyó especificaciones importantes que deben conocer los creadores y propietarios de proyectos cinematográficos. La expositora compartió ejemplos de casos de demandas que surgieron motivo a infracciones contra el marco legal que protege las obras de autores artísticos.

Marco legal que debes conocer para creaciones audiovisuales

La Ley 65-00 sobre derechos de autor promulgada el 24 de julio del año 2000 protege a todas las producciones en el campo literario, científico y artístico. Especifica que el intangible es protegido desde el momento de su creación (siempre y cuando sea original), y da el derecho exclusivo de autorizar o prohibir el uso o explotación comercial.

“Para ser protegido por derechos de autor solo se necesita que la obra sea original”, especificó Tejada en su intervención.

También se encuentra disponible el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, mejor conocido como Convenio de Berna, un tratado internacional sobre la protección de los derechos de autor sobre obras literarias y artísticas.

La vigencia de la protección de derechos de autor en República Dominicana incluye toda la vida del autor más 70 años después de su muerte. Los derechos son protegidos en todos los países miembros del Convenio de Berna.

Otras normativas que regulan la propiedad intelectual y los derechos de autor en el cine mencionadas en la charla son la Ley de Cine, número 370-11, necesaria para la obtención del Permiso de Rodaje y el Certificado de Nacionalidad Dominicana de obras cinematográficas, y la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial del 8 de mayo del 2000, la cual regula los registros de signos distintivos (marcas de ficción, personajes, merchandising), patrocinios, mercadeo y licencias.

Entidades reguladoras del marco legal de derechos de autor

ONDA es el organismo del Estado dominicano encargado de administrar, regular y tutelar todo lo relacionado con el derecho de autor en la República Dominicana a través de la Ley 65-00.

Por otro lado, la Dirección Nacional de Cine (DGCINE) se responsabiliza de la prevención contra actividades ilícitas que atenten contra los derechos de propiedad intelectual de obras cinematográficas.

También se encuentra la Cinemateca Dominicana, depositario de ejemplares de obras cinematográficas nacionales de productores beneficiarios del Fondo de Promoción Cinematográfica (FONPROCINE).

 



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